Dólar Oficial
$1.570
Dólar Blue
$1.560
Dólar Tarjeta
$2.041
Euro
€1.739,40
Real
R$283,56
Azúcar Tucumán · 50kg
$36.375
Azúcar Int. · Londres N5
US$24,707
Azúcar Int. · EEUU N11
US$423,29
Bioetanol de caña ($/L)
1.083
Bioetanol de maíz ($/L)
992.806

Transferir dinero entre cuentas propias no está prohibido ni tiene un límite general. Sin embargo, los bancos y las billeteras virtuales deben informar determinados movimientos a la Agencia de Recaudación y control Aduanero (ARCA), cuando se alcanzan los montos establecidos por la normativa.
¿Cuáles son esas cifras en noviembre y qué documentación pueden pedir?
ARCA mantiene un régimen informativo que obliga a bancos y plataformas digitales a reportar determinados movimientos de dinero y saldos de sus usuarios.
Los valores de referencia vigentes en noviembre de 2026 son:
Transferencias de personas físicas: $ 50.000.000 mensuales.
Transferencias de personas jurídicas: $ 30.000.000 mensuales.
Saldos al último día hábil del mes: $ 50.000.000 para personas humanas y $30.000.000 para empresas.
Extracciones en efectivo: $ 10.000.000 acumulados en el mes, tanto para personas físicas como jurídicas.
Transferencias individuales: $ 2.500.000 como parámetro para suministrar información adicional, cuando también se cumplen las condiciones del régimen.
Es importante tener en cuenta que estos valores no representan un límite para mover dinero. Superar los $ 2.500.000 en una transferencia no significa que ARCA vaya a iniciar automáticamente una fiscalización.
Cantidad de transferencias por mes
No existe una cantidad máxima de transferencias que una persona pueda recibir. Por lo tanto, tener diez, veinte o más movimientos durante noviembre no implica, por sí solo, que ARCA vaya a investigar al titular de la cuenta.
El dato clave es el origen del dinero. No es lo mismo recibir fondos desde otra cuenta propia que cobrar por la venta de productos, realizar trabajos o prestar servicios, ya que en esos pueden haber obligaciones impositivas y de facturación.
Los comprobantes que pueden solicitar bancos o billeteras virtuales
Si una entidad necesita verificar de dónde proviene el dinero, puede pedir documentación que respalde las operaciones. Los comprobantes dependen de cada situación, pero los más habituales son:
Recibos de sueldo o comprobantes de haberes jubilatorios.
Facturas electrónicas de monotributistas y responsables inscriptos.
Declaraciones juradas de impuestos.
Boletos de compraventa y escrituras de inmuebles.
Documentación por la venta de vehículos o el cobro de una herencia.
Extractos bancarios y comprobantes de transferencias entre cuentas del mismo titular.